Ir al contenido principal
Compliance officer externo

Oficial de cumplimiento externo

Asumimos la operación de su función de cumplimiento con un equipo experto: monitoreo, debida diligencia, reportes a la UIAF, capacitación y reporte al máximo órgano social, sin ampliar su nómina.

Sin costo · Sin compromiso

Diagnóstico de obligatoriedad

Le decimos bajo qué régimen está su empresa y qué le falta. Un consultor senior responde dentro de las 24 horas hábiles siguientes.

La mayoría de las empresas obligadas no tienen volumen para justificar un oficial de cumplimiento senior de tiempo completo, pero sí tienen la obligación entera. El resultado habitual es un cargo asignado a alguien de finanzas o jurídica que ya tiene otro trabajo, y un sistema que existe en el papel y no en la práctica. Nuestro esquema resuelve eso: usted mantiene la designación formal y la responsabilidad legal; nosotros operamos la función con un equipo que hace esto todos los días.

La designación del oficial de cumplimiento y la responsabilidad de los administradores no son delegables. Lo que se terceriza es la operación de la función.

Plazo de implementación para las empresas obligadas: 31 de mayo de 2027. La Superintendencia evalúa que el sistema opere, no que exista el documento.

Días
Horas
Min
El plazo del ciclo anterior ya venció. Si su empresa quedó obligada y aún no implementó, el riesgo es actual: consúltenos hoy.
En corto

¿Se puede tercerizar el oficial de cumplimiento en Colombia?

La designación del oficial de cumplimiento corresponde al máximo órgano social y la responsabilidad legal no se transfiere. Lo que sí es válido y habitual es contratar a un tercero experto para que opere la función: monitoreo, debida diligencia, análisis, reportes y documentación, bajo un contrato de outsourcing con obligaciones y niveles de servicio definidos.

Usted conserva la designación formal; nosotros hacemos el trabajo, con un equipo en lugar de una sola persona.

La designación del oficial de cumplimiento y la responsabilidad de los administradores no son delegables. Lo que se terceriza es la operación de la función.

¿Le aplica a su empresa?

Cuándo conviene tercerizar la operación

01

La empresa está obligada, pero no tiene volumen para un oficial senior de tiempo completo.

Es el caso más frecuente: la obligación es entera aunque la carga de trabajo no lo sea.

02

El cargo recayó en alguien de finanzas o jurídica que ya tiene otro trabajo.

El resultado habitual es un sistema que existe en el papel y no en la práctica.

03

El sistema no produce evidencia mes a mes.

Cuando la documentación se arma a última hora, el requerimiento siempre llega antes de que esté lista.

04

Hay una visita o un requerimiento en curso.

Se prioriza el alistamiento documental y el acompañamiento técnico durante la actuación.

La responsabilidad de los administradores no es delegable. Lo que se terceriza es la operación de la función, no el deber de tenerla.

¿No tiene claro si le aplica?

El diagnóstico no tiene costo ni compromiso. Revisamos su actividad económica, sus cifras y su estructura societaria, y le entregamos por escrito bajo qué régimen está su empresa.

Ver el servicio

Qué entregamos

La función completa de cumplimiento, operada por un equipo, al costo de una fracción de un cargo interno.

Operación mensual del sistema

Ejecución de los controles, seguimiento de alertas y actualización de la matriz de riesgo.

Debida diligencia de contrapartes

Consulta de listas vinculantes y de riesgo, análisis de beneficiario final y resolución de coincidencias.

Reportes a la UIAF

Preparación y presentación de ROS, reportes de ausencia y demás obligaciones dentro de los plazos.

Informe al máximo órgano social

Informe periódico con indicadores, hallazgos, casos y recomendaciones, listo para acta.

Atención a requerimientos

Respuesta técnica a solicitudes del supervisor, de la banca y de clientes que auditan su cadena de valor.

Capacitación anual

Programa de formación al personal con evaluación y evidencia documental.

Actualización normativa

Seguimiento de cambios regulatorios y ajuste del sistema cuando la norma se modifica.

Preparación para visitas

Alistamiento documental y acompañamiento técnico durante visitas o requerimientos de la Superintendencia.

Siguiente paso

Cómo lo hacemos

01

Transición

Mes 1

Recibimos el sistema vigente, identificamos brechas críticas y definimos el plan de los primeros 90 días.

02

Estabilización

Meses 2 y 3

Cerramos las brechas prioritarias y ponemos los controles a operar con evidencia.

03

Operación

Permanente

Ciclo mensual de monitoreo, debida diligencia, reportes e informe al máximo órgano social.

04

Evolución

Anual

Auditoría anual, actualización normativa y maduración del sistema hacia un nivel defendible.

Qué está en juego

El costo real de un oficial de cumplimiento nominal

La evidencia no existe cuando se necesita

El supervisor pide el expediente del periodo, no una explicación de lo que se hizo. Sin trazabilidad mensual, no hay nada que mostrar.

La cobertura desaparece con la persona

Cuando el cargo depende de un solo empleado, una renuncia o una incapacidad deja el sistema sin responsable.

Los cambios normativos pasan de largo

La regulación se mueve varias veces al año y un sistema que no se actualiza envejece sin que nadie lo note.

Oficial de cumplimiento externo

Preguntas frecuentes sobre Oficial de cumplimiento externo

La designación formal del oficial de cumplimiento corresponde al máximo órgano social de la empresa y la responsabilidad legal no se transfiere. Lo que sí es válido y habitual es contratar a un tercero experto para que ejecute la operación de la función —monitoreo, debida diligencia, análisis, reportes y documentación— bajo un contrato de outsourcing con obligaciones y niveles de servicio definidos.

Un oficial de cumplimiento senior interno implica salario, prestaciones, formación continua, herramientas de consulta de listas y el riesgo de quedar sin cobertura cuando la persona se va. El esquema externo convierte eso en una tarifa mensual predecible, con un equipo detrás en lugar de una sola persona. La diferencia suele ser relevante en empresas medianas.

Preparamos el expediente completo, alistamos la evidencia de operación del sistema y acompañamos técnicamente la visita junto con su equipo. La ventaja del esquema es que la documentación se produce mes a mes como parte de la operación, no a última hora cuando llega el requerimiento.

Otros servicios

Obligatorio

SAGRILAFT

Su empresa del sector real supera el umbral y necesita el sistema completo, auditable y sostenible en el tiempo.

Obligatorio

SARLAFT

Para entidades vigiladas donde el sistema no es opcional y el supervisor revisa su funcionamiento real.

Obligatorio

PTEE

Prevención del soborno transnacional y de la corrupción, con un programa que la Superintendencia reconozca como efectivo.

Siguiente paso

Empiece por saber dónde está parado

El diagnóstico de obligatoriedad no tiene costo ni compromiso. En 24 horas hábiles un consultor senior le dice bajo qué régimen está su empresa y qué le falta.

Sus datos se tratan conforme a la Ley 1581 de 2012. No compartimos información con terceros.