Implementamos SAGRILAFT, SARLAFT y PTEE para empresas colombianas desde 2013. Empiece por saber exactamente bajo qué régimen está, antes de contratar nada.
El diagnóstico de obligatoriedad no tiene costo ni compromiso. Le decimos si está obligado incluso cuando la respuesta es que no.
Plazo de implementación para las empresas obligadas: 31 de mayo de 2027. La Superintendencia evalúa que el sistema opere, no que exista el documento.
Empresas que cruzaron el umbral, en sectores con exigencias distintas.
Cumplimiento normativo para que la empresa opere sin exposición regulatoria, y finanzas corporativas para que crezca con estructura. La mayoría de nuestros clientes empieza por lo primero y se queda por lo segundo.
Sistemas exigidos por los supervisores colombianos, implementados para operar y resistir una revisión.
Su empresa del sector real supera el umbral y necesita el sistema completo, auditable y sostenible en el tiempo.
Para entidades vigiladas donde el sistema no es opcional y el supervisor revisa su funcionamiento real.
Prevención del soborno transnacional y de la corrupción, con un programa que la Superintendencia reconozca como efectivo.
La función completa de cumplimiento, operada por un equipo, al costo de una fracción de un cargo interno.
La capacitación es un requisito normativo. La hacemos útil y, sobre todo, demostrable.
Estructura de capital, transacciones y liquidez, con el análisis financiero detrás de cada recomendación.
Estructura de capital, deuda y transacciones, con el análisis detrás de cada decisión.
Un valor defendible, con la metodología explícita y los supuestos a la vista.
Liquidez sobre la cartera que ya facturó, y una cadena de proveedores más estable.
De la declaración de principios al reporte que un inversionista o un banco puede evaluar.
La diferencia entre una empresa que cumple y una que tiene documentos de cumplimiento aparece el día que llega el requerimiento. Trabajamos para el primer caso.
La matriz de riesgo refleja su actividad real, la debida diligencia se aplica y la evidencia se produce mes a mes. Eso es lo que evalúa el supervisor.
Cada implementación parte de sus estados financieros, su estructura societaria y sus contrapartes. Un manual comprado se identifica en la primera revisión.
Detrás de su cumplimiento hay un equipo multidisciplinario. No se queda sin cobertura porque alguien renunció o se enfermó.
Venimos de la banca de inversión y la valoración. Entendemos el impacto de una decisión de cumplimiento sobre el acceso al crédito y sobre el valor de la empresa.
El mismo camino para cualquiera de nuestros servicios de cumplimiento. Sin sorpresas de alcance ni de tiempo.
Determinamos si su empresa es Sujeto Obligado, bajo qué régimen y cuál es la brecha frente a lo exigido. Recibe el resultado por escrito, sin compromiso.
Entregables, tiempos y valor definidos antes de empezar. Si el alcance cambia, se acuerda; no aparece en la factura.
Diseño del sistema, aprobación por el órgano social, capacitación por rol y puesta en marcha de los controles con evidencia.
Operación continua, actualización normativa, reportes en plazo y auditoría anual del sistema.
Umbral general de activos o ingresos que activa el SAGRILAFT: $70.036.200.000 en 2026.
Umbral reducido para construcción, inmobiliario, servicios jurídicos, contables y metales preciosos.
Plazo de implementación para las empresas que quedaron obligadas por las cifras del año anterior.
Acompañando a empresas colombianas en cumplimiento y finanzas corporativas desde 2013.
Umbrales conforme al Capítulo X de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades, calculados con el SMMLV vigente.
Si es vigilada o controlada por la Superintendencia de Sociedades y al 31 de diciembre del año anterior tuvo activos o ingresos totales iguales o superiores a 40.000 SMMLV —$70.036.200.000 en 2026—, sí. Si opera en construcción, actividades inmobiliarias, servicios jurídicos, servicios contables o comercialización de metales y piedras preciosas, el umbral de ingresos baja a 30.000 SMMLV.
Depende del tamaño de la empresa, del número de contrapartes, del sector y de cuánto exista ya construido. Por eso el diagnóstico va primero y no tiene costo: nos permite dar un alcance y un valor cerrados en vez de un rango amplio que no le sirve a nadie. Una empresa que ya tiene manual y matriz necesita una intervención distinta de una que parte de cero.
Entre 8 y 12 semanas para una empresa de tamaño medio, desde el diagnóstico hasta la capacitación del personal y la aprobación por el órgano social. Si hay un plazo regulatorio encima, priorizamos los componentes que el supervisor revisa primero y cerramos el resto en paralelo.
Sí. Atendemos empresas en todo el país en modalidad remota, con desplazamiento a sus instalaciones para las sesiones que lo requieren, como la aprobación en junta, las capacitaciones presenciales y el acompañamiento en visitas del supervisor.
Lo revisamos como parte del diagnóstico. En muchos casos hay material aprovechable y el trabajo consiste en corregir la matriz de riesgo, ajustar los procedimientos a la operación real e instalar la evidencia que falta. No tiene sentido empezar de cero si lo que existe puede corregirse.
Sí. Trabajamos con filiales de grupos internacionales y con casas matrices que necesitan entender el marco colombiano y reportar hacia su corporativo. Atendemos en español e inglés y preparamos la documentación en el formato que requiera el grupo.
El diagnóstico de obligatoriedad no tiene costo ni compromiso. En 24 horas hábiles un consultor senior le dice bajo qué régimen está su empresa y qué le falta.
Sus datos se tratan conforme a la Ley 1581 de 2012. No compartimos información con terceros.